145 Nov 21, 2022 Carolina Arango Cali, Destacadas Comentarios desactivados en Horarios y excepciones en el día sin carro y sin moto en Cali
Este martes 22 de noviembre se llevará a cabo la jornada del día sin carro y sin moto en la ciudad de Cali, a partir de las 7:00 a.m hasta las 7:00 p.m no podrán circular vehículos y motos particulares, esto con algunas excepciones:
Vehículos de la caravana presidencial y las de funcionarios del alto nivel ejecutivo y legislativo nacional, el vehículo oficial asignado la Gobernadora del Valle del Cauca, el Alcalde de Santiago de Cali, los Embajadores y los Cónsules.
Vehículos adscritos al Ministerio de Defensa Nacional y a la Fuerza Pública, vehículos operativos de Migración e INPEC.
Vehículos de propiedad de cuerpos de bomberos, Defensa Civil Colombiana y Cruz Roja, vehículos de Gestión del Riesgo y vehículos del DAGMA.
Ambulancia con identificación permanente no removible habilitados por la Secretaría de Salud de Santiago de Cali y vehículos de atención médica.
Vehículos en los que se desplace personal médico, asistencial, farmacéutico, hospitalario y clínico.
Transporte de residuos y/o desechos hospitalarios.
Vehículos y motocicletas de tipo operativo, destinados al mantenimiento de servicios públicos esenciales de energía, alumbrado público, telefonía fija, internet, acueducto, alcantarillado, aseo, recolección de basuras y gas.
Vehículos de la Secretaría de Movilidad, del Centro de Diagnostico Automotor del Valle, del Instituto Nacional de Vías, de Ia Secretaría de Seguridad y Justicia, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, (ONG), de la Secretaría de Infraestructura y de la Secretaría de Salud Pública.
Vehículo que sea conducido por persona en situación de discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental, limite su movilidad de manera permanente, previamente acreditados por la Secretaría de Movilidad del Municipio de Santiago de Cali, siempre y cuando la persona en situación de discapacidad se encuentre ocupando el vehículo.
Vehículos de propiedad de medios de comunicación, con identificación permanente no removible.
Vehículos conducidos o utilizados por personas que acrediten ser protegidas por el Estado mediante la (DIPRO) o la (UNP).
Vehículo oficial utilizado por el Personero Municipal de Santiago de Cali, el Procurador Provincial de Santiago de Cali, el Procurador Regional del Valle del Cauca, el Contralor Municipal de Santiago de Cali, el Contralor Seccional del Valle del Cauca, el Registrador de Instrumentos Públicos de Cali, los Registradores Delgados Departamentales, el Defensor Regional del Pueblo Seccional Valle del Cauca, Concejales del Distrito de Santiago de Cali y Diputados del Departamento del Valle Cauca.
Vehículos operativos de la fiscalía general de la Nación – Seccional Cali, los vehículos designados por la presidencia del Consejo seccional de la Judicatura de Santiago de Cali y por la Dirección Seccional de Administración Judicial – Seccional Cali, destinados al transporte de jueces y magistrados.
Vehículos y motocicletas propulsados por motor hibrido y/o eléctrico según su licencia de tránsito.
Vehículos operativos de propiedad de DIAN, destinados a la prevención del
contrabando, la evasión fiscal y las infracciones cambiarias.
Vehículos destinados al transporte y distribución de alimentos, bebidas, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad debidamente acondicionados, en
cuyo caso el conductor deberá estar debidamente uniformado e identificado.
Vehículos en los que se desplacen personas que realizan actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria y personas que tengan viajes en transporte
aéreo programados durante la “Jornada de la movilidad sostenible” o en horas próximas a la misma, circunstancias que deberá ser acreditadas.
Vehículos del personal operativo esencial para el funcionamiento del sistema de transporte público debidamente identificados.
Vehículos y motocicletas en los que se movilice personal de vigilancia y seguridad privada
Vehículos destinados al transporte de valores debidamente identificados y acondicionados.
Vehículos destinados para el traslado de féretros.
Vehículos y motocicletas que prestan el servicio a empresas de mensajería, o en que se realiza entrega de domicilios para establecimientos de comercio, en las cuales los vehículos y motocicletas se encuentren debidamente identificadas con logos.
Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística.
Vehículos que presten el servicio de transporte escolar.
Vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas que, transporten materiales de construcción.
Vehículos que sean retirados de los patios oficiales del Distrito Especial de Santiago de Cali, los cuales tendrán un término improrrogable de dos (02) horas para disponer el vehículo a su lugar de destino. El propietario o tenedor del vehículo retirado, acreditará tal situación con los documentos de retiro expedidos por la autoridad competente.
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