Por feria de Cali habilitan espacios públicos para venta y consumo de bebidas alcohólicas
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Dic 13, 2017Yoana CardonaCali, DestacadasComentarios desactivados en Por feria de Cali habilitan espacios públicos para venta y consumo de bebidas alcohólicas
Por la temporada decembrina y Feria de Cali, la Alcaldía permitirá de manera excepcional y temporal el uso de vías y espacio público adyacente a todos aquellos eventos, actos festivos, lúdicos y deportivos, con base en el Decreto 4112010.20.0835 del 5 de diciembre de 2017.
De acuerdo a lo establecido, en estas zonas se permitirá el expendio y consumo controlado de bebidas alcohólicas, y queda prohibido el uso de drogas estupefacientes, sustancias psicoactivas, tóxicas no autorizadas para su consumo.
El Decreto señala que los asistentes y organizadores y/o productores de los eventos, propenderán por el cuidado integral del espacio público absteniéndose de asumir comportamientos contrarios al cuidado del mismo, o que pongan en riesgo la vida e integridad de las personas según lo señala la Ley 1801 de 2016, artículos 27 y 140.
La autorización de expendio y consumo de bebidas alcohólicas se realizará sin perjuicio de aquellos comportamientos y prohibiciones que afecten la integridad de niños, niñas y adolescentes establecidos en los artículos 38 y 39 de la Ley 1801 de 2016.
Todos aquellos eventos, actos festivos, lúdicos y deportivos, que se realicen durante la temporada decembrina deberán contar con el permiso expedido por la Seguridad y Justicia.
Las ventas se interrumpirán una hora antes de la finalización de cada evento.
Estará prohibido el porte y consumo de bebidas alcohólicas en envases de vidrio durante el ingreso, salida o evacuación de los eventos.
Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a las personas que presenten comportamientos o síntomas de intoxicación etílica.
Se restringe el uso de harina y espuma en los eventos públicos.
Se restringe el uso de armas blancas.
En caso del incumplimiento de las medidas previstas en el Decreto, serán sancionadas conforme al Código Nacional de Policía y Convivencia.
DATO
Cabe agregar que según el Decreto No. 412.010.20.0828 del 28 de noviembre de 2017 establece que, durante la temporada decembrina y hasta el 8 de enero de 2018, los establecimientos de consumo y expendio de bebidas alcohólicas podrán funcionar desde las 10:00 a. m. hasta las 4:00 a. m. del día siguiente.
La ampliación del horario no aplica para negocios ubicados en las comunas 13, 14, 15, 18, 20 y 21, por tratarse de zonas donde se adelantan medidas especiales de seguridad. Por lo tanto, su horario de cierre debe ser a las 2:00 a. m.
Entretanto, los estancos podrán vender licor desde las 10:00 a. m. hasta las 12:00 de la noche.
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